Promociones y campañas vigentes
Programa de referidos arrendatarios

Base programa de referidos arrendatarios Assetplan

  1. Organizador del programa.

    En Santiago de Chile, a 28 de agosto de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, oficina 401, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establece las siguientes bases (las "Bases") que regulan los términos y condiciones del Programa de Referidos Arrendatarios, en adelante, el "Programa".

  2. Contenido del programa.

    Se trata de invitar a tus amigos que estén en búsqueda de arrendar un departamento para que conozcan las propiedades disponibles para arriendo actualmente administradas por Assetplan y a la vez accedes a una recompensa por cada amigo tuyo que arriende alguna de las propiedades administradas por Assetplan.

  3. Requisitos para participar.

    3.1 Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:

    1. Ser persona natural mayor de edad;
    2. Ser legalmente capaz;
    3. Tener activa una cuenta corriente, vista o prepago a su nombre para recibir el depósito de la recompensa;
    4. No tener deudas por concepto de renta de arrendamiento/subarrendamiento, gastos comunes y/o servicios básicos;
    5. Aceptar expresamente los presentes términos y condiciones

    3.2 Se deberá referir al tercero únicamente por el código "Referidos" que se enviará a tu correo electrónico registrado en nuestra base de datos. Dicho código es único y personal, no podrá ser transferido a terceros. Por tanto, sólo podrá optar a la recompensa quien figure como Arrendatario o Subarrendatario Titular en el respectivo contrato de arrendamiento o subarrendamiento suscrito. Aquellos que refieran a terceros por un medio distinto al "Código Referidos" no tendrán derecho alguno a adquirir la Recompensa detallada más adelante.

    3.3 Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu del Programa, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocada la Recompensa o el Premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.

    3.4 En consideración a lo anterior, solamente podrán participar en el Programa quienes cumplan con los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia del Programa. Por el hecho de participar en el presente Programa, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presentes Bases, aceptándose en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar en el Programa.

    3.5 La decisión de participar en el Programa es totalmente voluntaria.

    3.6 Las presentes Bases del Programa quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan www.assetplan.cl para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas, para saber si cumplen o no con los requisitos de participación del presente Programa. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

  4. Terceros referidos.

    4.1 Se puede referir a cualquier tercero, sin limitación de número, siempre y cuando éstos no hayan arrendado/subarrendado previamente ninguna de las propiedades administradas por Assetplan.

    4.2 Assetplan se reserva el derecho de aceptar o rechazar lo(s) tercero(s) referidos para arrendar/subarrendar la(s) propiedad(es) administrada(s) por éste, si es que éstos no cumplen con los requisitos comerciales de postulación previamente publicados.

  5. Premio para el arrendatario que refiere al tercero

    5.1 $50.000. (cincuenta mil pesos chilenos) (la "Recompensa") por tercero referido.

    5.2 La Recompensa se entregará al arrendatario referidor, siempre y cuando:

    1. El tercero referido haya sido invitado arrendar/subarrendar propiedades administradas por Assetplan usando el Código Referidos;
    2. El tercero referido suscriba un contrato de arrendamiento o subarrendamiento sobre alguna de las propiedades administradas por Assetplan alguno de los planes de corretaje y administración publicados en el Sitio Web de Assetplan
    3. Hayan transcurrido 30 días corridos desde la fecha de suscripción del respectivo contrato de arrendamiento/subarrendamiento.

    5.3 En caso de que el monto de la Recompensa presente variaciones, se informará vía correo electrónico indicado antes de realizar el pago. Sin perjuicio de lo anterior, se pagará el monto de la Recompensa vigente al momento de cumplirse las condiciones estipuladas en la presente sección para que se devengue el pago, aun cuando a la fecha de pago fuere posterior a la fecha de variación del monto de la Recompensa.

    5.4 La Recompensa se pagará el día viernes hábil de la semana siguiente a la semana en que el arrendatario referidor haya enviado los datos de la cuenta corriente solicitados por Assetplan vía correo electrónico. Para que el pago sea efectuado en dicha fecha, los datos deberán ser enviados a más tardar el día jueves de la semana anterior antes de las 12:00 pm. El atraso en el pago de la Recompensa como consecuencia del atraso en el envío de los datos, no acarreará responsabilidad alguna para Assetplan.

  6. Premio para el tercero referido.

    Un descuento correspondiente a 50.000.- pesos chilenos de la comisión de corretaje a cobrar por Assetplan por dicho arrendamiento/subarrendamiento.("El "Premio"). Se deja constancia que dicho descuento no aplicará para los siguientes arrendamientos o subarrendamientos que el tercero celebre sobre alguna de las propiedades administradas por Assetplan y no será acumulable con otros descuentos aplicables a la comisión de corretaje.

  7. Duración del programa.

    7.1 El Programa comenzará a regir a partir del día 1 de octubre de 2025 hasta el día 31 de diciembre del 2025 inclusive.

    7.2 Todo participante que a la fecha de notificación del término del Programa haya referido un tercero, cumpliendo los términos y condiciones estipulados en las presentes Bases podrá cobrar su Recompensa de conformidad a lo estipulado en la cláusula quinta del presente instrumento.

  8. Otros.

    8.1 Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.

    8.2 La Recompensa y el Premio no son transferibles a terceros distintos del Arrendatario/Subarrendatario Titular del respectivo contrato que participa en el Programa y el tercero referido por el primero.

    8.3 Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar a través de su Sitio Web.

  9. Solución de conflictos.

    En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia de la comuna de Santiago.

  10. Personería.

    La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta en escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, otorgada en la notaría de Santiago de doña Magdalena Sofia Latorre Larrain.

Programa de referidos propietarios

Bases programa de referidos propietarios Assetplan

  1. Organizador del programa.

    En Santiago de Chile, a 28 de agosto de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, oficina 401, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establece las siguientes bases (las "Bases") que regulan los términos y condiciones del Programa de Referidos Propietarios Assetplan, en adelante, el "Programa".

  2. Contenido del programa.

    Se trata de invitar a tus amigos que sean propietarios de otros departamentos para que conozcan los servicios de administración y corretaje de Assetplan, a la vez que accedes a una recompensa por cada amigo tuyo que contrate los servicios de Assetplan.

  3. Requisitos para participar.

    3.1 Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:

    1. Ser persona natural mayor de edad;
    2. Ser legalmente capaz;
    3. Tener activa una cuenta corriente a su nombre;
    4. Aceptar expresamente los presentes términos y condiciones

    3.2 Se deberá referir al tercero únicamente por el formulario de referidos que se encuentra disponible en el siguiente link https://assetplan-form.typeform.com/to/qZi3M3av ("Formulario de Referidos Propietarios Assetplan").

    3.3 Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu del Programa, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocada la Recompensa o el Premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.

    3.4 En consideración a lo anterior, solamente podrán participar en el Programa quienes cumplan con los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia del Programa. Por el hecho de participar en el presente Programa, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presentes Bases, aceptándose en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar en el Programa.

    3.5 La decisión de participar en el Programa es totalmente voluntaria.

    3.6 Las presentes Bases del Programa quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan https://www.assetplan.cl para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas, para saber si cumplen o no con los requisitos de participación del presente Programa. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

  4. Terceros referidos.

    4.1 Se puede referir a cualquier tercero, sin limitación de número, siempre y cuando éstos sean propietarios de uno o más departamentos que no hayan sido o sean actualmente administrados por Assetplan y que no exista registro alguno del tercero en ninguna de las bases de datos asociadas a Assetplan previo al envío de la información del Formulario de Referidos Propietarios Assetplan.

    4.2 Assetplan se reserva el derecho de aceptar o rechazar lo(s) departamento(s) referidos para su administración, si es que éstos no cumplen con el estándar requerido para ser publicado(s) para su arriendo y/o se encuentran fuera de las zonas de cobertura manejadas por Assetplan.

  5. Premio para el propietario que refiere al tercero

    5.1 $100.000.- (cien mil pesos chilenos) (la "Recompensa") por propietario tercero referido. A mayor abundamiento, se deja expresa constancia que la suma a pagar será la suma única y total de $100.000.- con independencia de la cantidad de propiedades que administre el tercero referido con Assetplan.

    5.2 Sin perjuicio del monto de la Recompensa, ésta se entregará al propietario referidor, siempre y cuando:

    1. Éste haya enviado a Assetplan el formulario completado con los datos del tercero referido para ser contactado por un ejecutivo de Assetplan;
    2. El tercero referido contrate con Assetplan alguno de los planes de corretaje y administración publicados en el Sitio Web de Assetplan;
    3. Una vez suscrito el contrato de prestación de servicios, la(s) propiedad(es) del tercero referido hayan sido dadas en arrendamiento por Assetplan.

    5.3 En caso de que el monto de la Recompensa presente variaciones, se informará vía correo electrónico indicado por el propietario referidor en el formulario indicado antes de realizar el pago.

    5.4 La Recompensa se pagará dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al que se haya dado en arrendamiento el inmueble del tercero referido a la cuenta corriente indicada por el participante o la que haya sido informada y se encuentre registrada en su sesión web.

  6. Premio para el tercero referido.

    Únicamente respecto del primer arrendamiento del departamento, la comisión de corretaje de arrendamiento a pagar a Assetplan por sus servicios tendrá valor $0.- (cero pesos chilenos) (El valor referencial corresponde al 50% del valor de la renta mensual de arrendamiento) ("El Premio").

  7. Duración del programa.

    7.1 El Programa tiene una duración indefinida, salvo comunicación escrita de Assetplan vía su Sitio Web notificando el término del mismo https://www.assetplan.cl. Asimismo, Assetplan informará a quienes hayan participado a sus respectivos correos electrónicos registrados.

    7.2 Todo participante que a la fecha de notificación del término del Programa haya referido un tercero, cumpliendo los términos y condiciones estipulados en las presentes Bases podrá cobrar su Recompensa de conformidad a lo estipulado en la cláusula quinta del presente instrumento.

  8. Otros.

    8.1 Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.

    8.2 La Recompensa y el Premio no son transferibles a terceros distintos del propietario que participa en el Programa y el tercero referido por el primero.

    8.3 Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar a través de su Sitio Web.

  9. Solución de conflictos.

    En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia de la comuna de Santiago.

  10. Personería.

    La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta en escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, otorgada en la notaría de Santiago de doña Magdalena Sofia Latorre Larrain.

Programa de referidos ventas

Bases programa de referidos ventas Assetplan

  1. Organizador del programa.

    En Santiago de Chile, a 11 de Noviembre de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, oficina 401, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante indistintamente “Assetplan”), establece las siguientes bases (las “Bases”) que regulan los términos y condiciones del Programa de Referidos Propietarios Ventas, en adelante, el “Programa”.

  2. Contenido del programa.

    Se trata de invitar a tus amigos para que inviertan y compren departamentos de Assetplan, a la vez que accedes a una recompensa por cada amigo tuyo que compre un departamento en Assetplan.

  3. Requisitos para participar.

    3.1 Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:

    1. Ser persona natural mayor de edad;
    2. ser legalmente capaz;
    3. haber comprado uno o más de los departamentos de la cartera de Assetplan disponibles a la compra;
    4. tener activa una cuenta corriente a su nombre; y
    5. aceptar expresamente los presentes términos y condiciones.

    3.2 Se deberá referir al tercero únicamente por el formulario de referidos que se encuentra disponible en el siguiente link https://share.hsforms.com/1hOPrsUFNQ7KIvWcLaHNrUgbmwie (“Formulario de Referidos Venta”).

    3.3 Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu del Programa, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocada la Recompensa o el Premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.

    3.4 En consideración a lo anterior, solamente podrán participar en el Programa quienes cumplan con los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia del Programa. Por el hecho de participar en el presente Programa, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presentes Bases, aceptándose en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar en el Programa.

    3.5 La decisión de participar en el Programa es totalmente voluntaria.

    3.6 Las presentes Bases del Programa quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan https://www.assetplan.cl/campana-de-promociones#referralProgrampropietarios para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

  4. Terceros referidos.

    4.1 Se puede referir a cualquier tercero, sin limitación de número, siempre y cuando éste no sea propietario de uno o más departamentos que hayan sido administrados o sean actualmente administrados por Assetplan y además que no exista registro alguno del tercero en ninguna de las bases de datos asociadas a Assetplan previo al envío de la información del Formulario de Referidos Venta.

  5. Premio para el propietario (comprador) que refiere al tercero.

    5.1 $300.000.- (trescientos mil pesos chilenos) (la “Recompensa”) por comprador tercero referido. A mayor abundamiento, se deja expresa constancia que la suma a pagar será la suma única y total de 300.000.- con independencia de la cantidad de propiedades que compre el tercero referido con Assetplan.

    5.2 Sin perjuicio del monto de la Recompensa, ésta se entregará al comprador referidor, siempre y cuando:

    1. Éste haya enviado a Assetplan el siguiente formulario completado con los datos del tercero referido para ser contactado por un ejecutivo de Assetplan (Formulario de Referidos Venta);
    2. el tercero referido compre con Assetplan alguno de los departamentos disponibles en Assetplan para comprar;
    3. el o los departamentos comprados por el tercero referido hayan sido debidamente inscritos a su nombre en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente; y
    4. Assetplan hubiere cobrado y percibido la(s) correspondiente(s) comisión(es) de corretaje por la compraventa de dicho(s) departamento(s).

    5.3 En caso de que el monto de la Recompensa presente variaciones, se informará vía correo electrónico indicado por el propietario referidor en el formulario indicado en el romanillo i) anterior antes de realizar el pago.

    5.4 La Recompensa se pagará dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al mes en que Assetplan hubiere cobrado y percibido la(s) comision(es) de corretaje según el romanillo /iv/ de la sección 5.2.- anterior, a la cuenta corriente indicada por el participante o la que haya sido informada y se encuentre registrada en su sesión web.

  6. Duración del Programa.

    6.1 El Programa tiene una duración indefinida, salvo comunicación escrita de Assetplan vía su Sitio Web notificando el término del mismo. Asimismo, Assetplan informará a quienes hayan participado a sus respectivos correos electrónicos registrados.

    6.2 Todo participante que a la fecha de notificación del término del Programa haya referido un tercero, cumpliendo los términos y condiciones estipulados en las presentes Bases podrá cobrar su Recompensa de conformidad a lo estipulado en la cláusula quinta del presente instrumento.

  7. Otros.

    7.1 Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.

    7.2 La Recompensa y el Premio no son transferibles a terceros distintos del propietario que participa en el Programa y el tercero referido por el primero.

    7.3 Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar a través de su Sitio Web.

  8. Solución de conflictos.

    En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia de la comuna de Santiago.

  9. Personería.

    La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta en escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, otorgada en la notaría de Santiago de doña Magdalena Sofia Latorre Larrain.

Cámbiate sin pagar comisión

Cámbiate sin pagar comisión

Bases promoción "Cámbiate sin pagar comisión"

Organizador de la promoción

En Santiago de Chile, a 15 de noviembre de 2023, Assetplan Asesores SpA, rol único tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Presidente Juan Antonio Ríos 14, comuna y ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen las siguientes bases (las "Bases") que regulan la promoción denominada "CÁMBIATE SIN PAGAR COMISIÓN", en adelante la "Promoción".

Requisitos para participar

  1. Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
    • Ser persona natural mayor de edad con cédula de identidad chilena o pasaporte vigente y visa de residencia temporal aprobada;
    • Residir en el territorio de la República de Chile;
    • Ser arrendatario de una unidad (departamento) administrada por Assetplan, con contrato de arrendamiento vigente o ex arrendatario también de una unidad (departamento) administrada por Assetplan.
    • Los arrendatarios con contrato de arrendamiento vigente deberán acreditar previamente o al momento de iniciar la vigencia del nuevo contrato de arrendamiento, lo siguiente:
      • Haber residido en la unidad por un periodo de tiempo igual o mayor al periodo de vigencia original del contrato;
      • Haber dado aviso de término del contrato de arrendamiento vigente vía Sitio Web de Assetplan;
      • Que, a la fecha de inicio de la vigencia del nuevo contrato de arrendamiento, se hubiere finiquito el contrato de arrendamiento anterior;
      • No deber suma alguna por concepto de renta de arrendamiento, gastos comunes y servicios básicos que tengan por origen el contrato de arrendamiento anterior;
      • Ausencia de atrasos en el pago de las rentas de arrendamiento mensuales de los últimos 12 meses del arriendo anterior. (Se entenderá que hay atraso si el pago se efectuó al menos 5 días corridos después del día estipulado para el pago en el respectivo contrato de arrendamiento).
    • Por otro lado, los ex arrendatarios deberán acreditar previamente o al momento de iniciarse la vigencia del nuevo contrato de arrendamiento, lo siguiente:
      • Que el antiguo contrato de arrendamiento se haya terminado hace no más de 3 meses previos a la fecha de suscripción del nuevo contrato de arrendamiento;
      • No deber suma alguna por concepto de renta de arrendamiento, gastos comunes y servicios básicos que tengan su origen en el contrato de arrendamiento terminado;
      • Que la suma de los deterioros avaluados en dinero que pudiere haber sufrido la unidad objeto del contrato de arrendamiento terminado no fuere mayor a la garantía del arrendamiento. Si de los deterioros y deudas impagas se superare dicho monto otorgado en garantía, el arrendatario deberá acreditar haber saldado el excedente.
      • Ausencia de atrasos en el pago de las rentas de arrendamiento mensuales de los últimos 12 meses de arriendo en el contrato de arrendamiento terminado. (Se entenderá que hay atraso si el pago se efectuó al menos 5 días corridos después del día estipulado para el pago en el respectivo contrato de arrendamiento).
  2. Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu de la Promoción, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocado en el premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.
  3. En consideración a lo anterior, solamente podrán participar de la Promoción quienes cumplan los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia de la Promoción. Por el hecho de participar en la presente Promoción, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presentes Bases, aceptándolas en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes seleccionados, cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar de la Promoción.
  4. La decisión de participar en la Promoción será totalmente voluntaria.
  5. Las presentes Bases de la Promoción quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan www.assetplan.cl para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas, para saber si cumplen o no con los requisitos de participación de la presente Promoción. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

Contenido de la promoción

  1. El arrendatario no pagará comisión alguna a Assetplan por concepto de corretaje asociado a la gestión de su nuevo contrato de arrendamiento.

Restricciones promoción

  1. Quien suscribe el nuevo contrato de arrendamiento en calidad de arrendatario debe ser la misma persona que suscribió el contrato de arrendamiento anterior en dicha calidad.
  2. El arrendatario y fiador(es) y codeudor(es) solidario(s) deberán ajustarse a las condiciones financieras exigidas en el Sitio Web de Assetplan para arrendar la nueva unidad (a modo de ejemplo, en el caso en que el canon de arrendamiento sea mayor al canon establecido para el antiguo departamento arrendado) así como cualquier otro requisito particular adicional exigido por el propietario para dar en arrendamiento dicha unidad.

Duración promoción

  1. La Promoción tendrá vigencia entre los días 15 de noviembre de 2023 y 31 de marzo de 2024, ambas fechas inclusive.
  2. Con todo, Assetplan por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se reserva el derecho de finalizar anticipadamente la Promoción, informando al efecto a quienes hayan participado, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo en favor de terceros por parte de Assetplan.

Otros

  1. La promoción se aplicará directa y automáticamente al momento de la firma del nuevo contrato de arrendamiento, eliminándose el cargo asociado a pago de comisión a Assetplan por concepto de corretaje, siempre y cuando el arrendatario y su(s) fiador(es) y codeudor(es) solidario(s) cumplan con los requisitos y restricciones establecidos en las cláusulas anteriores. Es responsabilidad del arrendatario verificar que la Promoción se encuentre correctamente aplicada al momento de realizar sus pagos iniciales previos a la entrega de la nueva unidad.
  2. Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.
  3. La Promoción no es transferible a terceros distintos del arrendatario que suscribe el contrato de arrendamiento y no es acumulable a otros concursos o promociones ofrecidas por Assetplan.
  4. Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicarla a través de su Sitio Web.

Solución de conflictos

En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resulta por los tribunales ordinarios de justicia.

Personería.

La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta de escritura pública de fecha 3 de junio de 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente.

Evaluación express con clave única

Términos y Condiciones del Servicio de Pre-evaluación y Evaluación en Línea

  • Durante el proceso de postulación para optar a arriendos, es muy común solicitarle a los mismos clientes una serie de documentos que a veces pueden ser difíciles de conseguir y obstaculizan el flujo de la solicitud realizada. Frente a este escenario, en base a nuestra experiencia en este negocio, elegimos a Infocheck para encontrar una solución, al ser una plataforma digital que resuelve la burocracia en los procesos de recolección y análisis de información para la evaluación de riesgo de personas y simplifica el diagnóstico de un perfil financiero, a través de la conexión a múltiples fuentes mediante las cuales obtienen y procesan toda la información necesaria para evaluar el riesgo comercial del solicitante, el que posteriormente se refleja en la entrega de un Informe de Evaluación Comercial que contiene toda la información recopilada y analizada.
  • Infocheck utiliza múltiples fuentes para obtener y procesar toda la información necesaria para determinar el perfil de riesgo y capacidad de pago de una persona o empresa, entregando automáticamente un Informe de Evaluación Comercial a quien lo solicita. Mediante la automatización de estos procesos de evaluación, Infocheck entrega una mejor experiencia a clientes, quienes ya no tienen que preocuparse ellos mismos por la recolección y entrega de toda la documentación requerida para ejecutar este tipo de evaluaciones
  • De conformidad a lo anteriormente descrito, los siguientes términos y condiciones tienen por objetivo regular el servicio detallado y el tratamiento y almacenamiento de la información personal y financiera compartida y/o obtenida en la evaluación de propiedad del Usuario:
  • Usuario: postulante a un arrendamiento en la página web de Assetplan, sujeto a la pre evaluación y/o evaluación comercial de Infocheck quien además es el titular de los datos a compartir por Assetplan a Infocheck para acceder a la la información registrada bajo su nombre, número de cédula nacional de identidad y/o clave única. A mayor abundamiento, es quien accede a que sus Datos Personales sean tratados por Infocheck, y registrados y almacenados por Assetplan.
  • Infocheck: distribuidor de información de carácter económico, financiero, bancario o comercial que realiza directamente por sí o por terceros relacionados ubicados en Chile o en el extranjero, el tratamiento, comunicación y comercialización de las obligaciones económicas de los Usuarios vía Plataforma digital, legalmente autorizado a ello, en cumplimiento a la normativa vigente y respeto a los datos personales de dichos Usuarios.
  • Plataforma: www.infocheck.cl.
  • Datos de carácter personal o datos personales: Antecedentes relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables.
  • Tratamiento de datos: Cualquier operación o complejo de operaciones o procedimientos técnicos, de carácter automatizado o no, que permitan recolectar, almacenar, grabar, organizar, elaborar, seleccionar, extraer, confrontar, interconectar, disociar, comunicar, ceder, transferir, transmitir o cancelar datos de carácter personal, o utilizarlos en cualquier otra forma que sea congruente con la finalidad de la recopilación de la información.
  • Informe de Evaluación Comercial: Certificado de evaluación de riesgo comercial o financiero emitido por Infocheck, elaborado a partir de la información proporcionada por el Usuario a Assetplan y/u obtenida por Infocheck de otras fuentes previa autorización del Usuario.
  • Perfil del Usuario: Resultado obtenido por Infocheck según Informe de Evaluación Comercial confeccionado por el mismo a partir de los antecedentes recopilados que permite determinar si el Usuario cumple o no con los requisitos comerciales y financieros para arrendar la propiedad publicada en el sitio web de Assetplan a la que éste último postuló.
  • Pre-evaluación Comercial: Consiste en la obtención y análisis de antecedentes comerciales y financieros del Usuario, su INFOCOM, publicaciones en el boletín comercial, infracciones laborales, infracciones previsionales, etc. Con dicha información Assetplan revisará el riesgo comercial del Usuario y determinará si cumple las condiciones para seguir avanzando en el proceso de arriendo. La obtención de estos datos se hará a través de Infocheck usando únicamente el RUT del Usuario.
  • Evaluación Comercial: Consiste en la obtención y análisis de antecedentes comerciales y financieros del Usuario, su INFOCOM, publicaciones en el boletín comercial, infracciones laborales, infracciones previsionales, informe de pagos AFC, datos tributarios del SII etc. Con dicha información Assetplan revisará el riesgo comercial del Usuario y determinará si cumple las condiciones para firmar un contrato de arrendamiento. La obtención de estos datos se hará a través de Infocheck usando el RUT y clave única del Usuario.
  • Registro y almacenamiento de datos

    Para proceder a la pre evaluación y/o evaluación comercial del Usuario por Infocheck, Assetplan debe solicitar ciertos datos al Usuario, tales como su RUT y/o clave única, según el caso y a partir del otorgamiento de dicha información, el Usuario autoriza a Infocheck a acceder a sus datos.

    Compartida por Assetplan a Infocheck la información del Usuario, éste último extraerá de distintas fuentes información personal y financiera del mismo la que se utilizará exclusivamente para la evaluación del riesgo comercial del Usuario. El Usuario autoriza a que Infocheck o terceros delegados de éste procesen los Datos Personales obtenidos de dichas fuentes.

    El Usuario autoriza el acceso de Assetplan al Informe Comercial elaborado por Infocheck conformado por la siguiente información: datos personales (nacionalidad, edad, género, estado civil), ingresos mensuales, activos y deudas bancarias, deudas a otras entidades, participación en sociedades, entre otros. El Informe Comercial será utilizado por Assetplan única y exclusivamente para propósitos internos de verificación, validación y/o evaluación de riesgo comercial.

  • Almacenamiento de Datos Personales

    1.- Almacenamiento por Assetplan: Assetplan almacenará y conservará el RUT e Informe Comercial confeccionado por Infocheck de conformidad a su Política de Privacidad y tratamiento de datos personales de conformidad a la legislación vigente. En caso de que el Usuario quiera conocer más sobre los procedimientos internos de registro de Assetplan, puede realizar su consulta a través de la casilla individualizada en la siguiente sección.

    2.- Almacenamiento por Infocheck: Infocheck no almacenará los datos obtenidos de los Usuarios luego de generar el Informe Comercial. Elaborado el referido informe, Infocheck eliminará íntegramente de sus registros la totalidad de los Datos Personales obtenidos de los Usuarios.

  • Soporte y ejercicio de derechos por los titulares de los datos

    En caso que el Usuario lo requiera, Assetplan brindará la ayuda necesaria con el fin de contestar todas las dudas que pueda tener sobre Infocheck y sus Términos y Condiciones o Política de Privacidad.

    Asimismo, en cumplimiento de la legislación chilena vigente, se establece expresamente que el Usuario siempre tendrá el derecho de acceder, restringir, enmendar, eliminar, cancelar u objetar el procesamiento de sus Datos Personales.

    Para los efectos señalados se designa la siguiente casilla electrónica: [email protected], en conjunto con los Términos y Condiciones y las Políticas de Privacidad de Infocheck y en consecuencia, el Usuario autoriza expresamente a Assetplan, Infocheck y delegados de este último, a acceder y tratar la información personal compartida por Assetplan a Infocheck en los términos establecidos.

Buk beneficio propietario arrendador

Bases Promoción Buk - Beneficio Propietario Arrendador

  1. ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN.

    En Santiago de Chile, a 28 de febrero de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, comuna y ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen las siguientes bases (las "Bases") que regulan la promoción denominada "Buk Beneficio Propietario Arrendador", (en adelante la "Promoción").

  2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

    2.1 Podrá participar toda aquella persona natural o jurídica que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:

    i) ser propietario de uno o más departamento(s) ubicado(s) en alguna de las siguientes ciudades o regiones: i) Región Metropolitana, ii) Viña del Mar, iii) Concepción, iv) Antofagasta.

    ii) que tenga suscrito con Assetplan un contrato de prestación de servicios de administración y corretaje vigente a la fecha de adhesión a la presente Promoción.

    iii) que se encuentre al día en el pago de las comisiones de administración y cualquier otra suma que adeude a Assetplan.

    iv) contar con rut chileno vigente.

    v) aceptar expresamente los presentes términos y condiciones.

  3. CONTENIDO DE LA PROMOCIÓN.

    Los propietarios que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula anterior y que se adhieran expresamente a la presente Promoción, tendrán acceso a beneficios y descuentos exclusivos en la plataforma Buk para servicios empresariales y de gestión.

    Los beneficios específicos incluyen descuentos en servicios de gestión de recursos humanos, facturación electrónica, y otros servicios empresariales disponibles en la plataforma Buk.

  4. DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN.

    La Promoción tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive.

  5. RESTRICCIONES.

    Los beneficios no son transferibles a terceros y están sujetos a los términos y condiciones específicos de cada servicio ofrecido por Buk.

  6. OTROS.

    Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.

Buk beneficio arrendatarios

Bases Promoción Buk - Beneficio Arrendatarios

  1. ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN.

    En Santiago de Chile, a 28 de febrero de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, comuna y ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen las siguientes bases (las "Bases") que regulan la promoción denominada "Buk Beneficio Arrendatarios", (en adelante la "Promoción").

  2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

    2.1 Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:

    i) ser arrendatario de una propiedad administrada por Assetplan ubicada en alguna de las siguientes ciudades o regiones: i) Región Metropolitana, ii) Viña del Mar, iii) Concepción, iv) Antofagasta.

    ii) que tenga suscrito un contrato de arrendamiento vigente con el propietario de la propiedad.

    iii) que se encuentre al día en el pago del arriendo y demás obligaciones contractuales.

    iv) contar con rut chileno vigente.

    v) aceptar expresamente los presentes términos y condiciones.

  3. CONTENIDO DE LA PROMOCIÓN.

    Los arrendatarios que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula anterior y que se adhieran expresamente a la presente Promoción, tendrán acceso a beneficios y descuentos exclusivos en la plataforma Buk para servicios personales y profesionales.

    Los beneficios específicos incluyen descuentos en cursos de capacitación, servicios de bienestar, y otros beneficios disponibles en la plataforma Buk para personas naturales.

  4. DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN.

    La Promoción tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive.

  5. RESTRICCIONES.

    Los beneficios no son transferibles a terceros y están sujetos a los términos y condiciones específicos de cada servicio ofrecido por Buk.

  6. OTROS.

    Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.

Promociones y campañas no vigentes
Concurso Assetpetlover

Bases Concurso "Assetpetlover"

  1. ORGANIZADOR DEL CONCURSO.

    En Santiago de Chile, a 12 de octubre de 2024, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, comuna y ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen las siguientes bases (las "Bases") que regulan el concurso denominado "Assetpetlover", (en adelante el "Concurso").

  2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

    2.1 Podrán participar del concurso todas aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:

    i) ser mayor de 18 años;

    ii) tener residencia en Chile;

    iii) ser propietario o arrendatario de una propiedad administrada por Assetplan;

    iv) tener una mascota (perro o gato);

    v) aceptar expresamente los presentes términos y condiciones;

    vi) seguir la cuenta oficial de Instagram de Assetplan (@assetplan_oficial).

  3. MECÁNICA DEL CONCURSO.

    3.1 Para participar en el concurso, los participantes deberán:

    i) Subir una foto de su mascota en su feed de Instagram;

    ii) Etiquetar la cuenta oficial @assetplan_oficial en la publicación;

    iii) Usar el hashtag #AssetpetLover en la descripción de la foto;

    iv) Tener su cuenta de Instagram en modo público durante el período del concurso.

  4. PREMIOS.

    4.1 Se entregarán los siguientes premios:

    - 1er lugar: Kit premium para mascotas valorado en $150.000 pesos chilenos

    - 2do lugar: Kit básico para mascotas valorado en $75.000 pesos chilenos

    - 3er lugar: Voucher de servicios veterinarios por $50.000 pesos chilenos

  5. VIGENCIA DEL CONCURSO.

    El concurso tuvo vigencia desde el 15 de octubre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2024, ambas fechas inclusive.

    CONCURSO FINALIZADO

  6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

    Los ganadores fueron seleccionados considerando:

    i) Originalidad de la fotografía

    ii) Calidad de la imagen

    iii) Creatividad en la descripción

    iv) Engagement de la publicación

Tremendo Arriendo 2025

Tremendo Arriendo 2025

Bases promoción "Tremendo Arriendo 2025"

Organizador de la promoción

En Santiago de Chile, a 29 de Julio de 2025, Assetplan Asesores SpA, rol único tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Presidente Juan Antonio Ríos 14, comuna y ciudad de Santiago (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen las siguientes bases (las "Bases") que regulan la promoción denominada "TREMENDO ARRIENDO 2025", en adelante la "Promoción".

Requisitos para participar

  1. Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
    • Ser persona natural mayor de edad con cédula de identidad chilena o pasaporte vigente y visa de residencia temporal aprobada;
    • Residir en el territorio de la República de Chile;
    • Haber realizado una reserva válida sobre alguno de los departamentos disponibles objeto de la presente Promoción, publicados por Assetplan en su sitio web www.assetplan.cl (el "Sitio Web") bajo la denominación de "Tremendo Arriendo 2025", con mención expresa de adherirse a ésta, entre los días 1 de agosto de 2025 y 15 de septiembre de 2025, ambos inclusive. Para efectos de lo anterior, se entiende que se ha realizado válidamente una reserva cuando se ha pagado $50.000.- pesos chilenos a través de los medios de pagos disponibles en el Sitio Web debidamente acreditado el pago por dicho medio.
    • Que, dentro de los 7 días siguientes de haberse hecho la reserva, en los términos de la sección iii) anterior, se cumplan los siguientes requisitos copulativos: a. que se suscriba por el participante en calidad de arrendatario y por su(s) fiador(es) y codeudor(es) solidario(s), de aplicar en cada caso, un contrato de arrendamiento sobre alguno de dichos departamentos adheridos expresamente a la presente Promoción (según distintivo "Tremendo Arriendo") por un plazo de duración mínima de 12 meses contados a partir de la fecha de suscripción del referido contrato, b. haber pagado la primera cuota de la garantía de arrendamiento.
    • Que el participante y su(s) fiador(es) y codeudor(es) solidario(es), éstos último(s) de existir, cumplan con las condiciones financieras detalladas en el Sitio Web de Assetplan según cada postulación.
  2. Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu de la Promoción, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocado en el premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.
  3. En consideración a lo anterior, solamente podrán participar de la Promoción quienes cumplan los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia de la Promoción. Por el hecho de participar en la presente Promoción, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presente Bases, aceptándolas en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes seleccionados, cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar de la Promoción.
  4. La decisión de participar en la Promoción será totalmente voluntaria.
  5. Las presente Bases de la Promoción quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan www.assetplan.cl para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas, para saber si cumplen o no con los requisitos de participación de la presente Promoción. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

Contenido de la promoción

  1. El arrendatario no pagará comisión alguna a Assetplan por concepto de corretaje;
  2. Únicamente por el primer mes de suscripción del contrato de arrendamiento, el arrendatario pagará sólo el 50% del monto de la renta de arrendamiento pactada en el contrato de arrendamiento. No aplica sobre gastos comunes, servicios básicos, consumos variables, u otros pagos de cargo del arrendatario. El presente descuento aplicará para ciertos departamentos objeto de la Promoción, los que se identificarán en la publicación del Sitio Web con un distintivo adicional que indique el referido descuento;
  3. La garantía de arrendamiento será pagada en cuotas. La primera cuota se pagará contra la suscripción del contrato de arrendamiento y las siguientes cuotas se pagarán mensualmente junto con el pago de la renta de arrendamiento mensual de conformidad a cada cotización; y
  4. Para los departamentos que cuenten con un contrato de arrendamiento con reajuste con una frecuencia mayor a anual, se congelará el reajuste del canon de arrendamiento durante los primeros doce meses de vigencia del contrato de arrendamiento. A modo de ejemplo, para un contrato de arrendamiento con reajuste trimestral y un canon de arrendamiento inicial de $300.000.- pesos chilenos, el reajuste se aplicaría de la siguiente forma:
    Arriendo original $300.000
    Plazo reajuste (meses) 3
    UF inicial 30.996,73
    Arriendo original UF 9,68
    Meses con reajuste congelado
    Sin promo Con promo
    Mes UF (referencial) Ajustes UF del mes Valor arriendo Valor arriendo
    Mes 1 (mes de inicio de contrato) $30.996,73 0 1 $300.000 $300.000
    Mes 2 $31.220,68 0 1 $300.000 $300.000
    Mes 3 $31.552,64 0 1 $300.000 $300.000
    Mes 4 $31.730,80 1 4 $307.105 $300.000
    Mes 5 $32.196,69 1 4 $307.105 $300.000
    Mes 6 $32.694,20 1 4 $307.105 $300.000
    Mes 7 $33.099,99 2 7 $320.356 $300.000
    Mes 8 $33.426,92 2 7 $320.356 $300.000
    Mes 9 $33.851,69 2 7 $320.356 $300.000
    Mes 10 $34.271,85 3 10 $331.698 $300.000
    Mes 11 $34.610,35 3 10 $331.698 $300.000
    Mes 12 $34.817,58 3 10 $331.698 $300.000
    Mes 13* $35.122,26 4 13 $339.929 $339.929

    *El reajuste se acumula y se aplica en el mes 13. Luego, se retoma el reajuste base del respectivo contrato.

Restricciones promoción

  1. - Se deja constancia expresa de que la presente Promoción no aplicará para arrendatarios i) cuyo contrato de arrendamiento esté ya vigente al 1 de agosto de 2025 o ii) que hubieran realizado reservas previo a dicha fecha.
  2. A quienes se les aplique la Promoción no podrán solicitar algo distinto a lo mencionado en la cláusula tercera precedente.
  3. Todo gasto en que incurran los participantes con ocasión de su participación, y con ocasión del cobro o uso de la Promoción, serán de cargo de ellos.
  4. El arrendatario deberá pagar al propietario del departamento el saldo descontado del pago correspondiente al primer canon de arrendamiento, siempre y cuando durante la vigencia original del contrato de arrendamiento (primeros 12 meses): a. el arrendatario dé término al contrato de arrendamiento por cualquier causa distinta al incumplimiento de la contraparte o, b. Assetplan, en representación del propietario de término al contrato de arrendamiento por morosidad del arrendatario en el pago de rentas de arrendamiento, gastos comunes y servicios básicos. Lo anterior es sin perjuicio de las demás sanciones que estipula el contrato de arrendamiento para dichos casos.

Duración promoción

  1. La Promoción tendrá vigencia entre los días 1 de agosto de 2025 y 15 de septiembre de 2025, ambas fechas inclusive.
  2. Con todo, Assetplan por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se reserva el derecho de finalizar anticipadamente la Promoción, informando al efecto a quienes hayan participado, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo en favor de terceros por parte de Assetplan.

Otros

  1. Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.
  2. La Promoción no es transferible a terceros distintos del arrendatario que suscribe el contrato de arrendamiento y no es acumulable a otros concursos o promociones ofrecidas por Assetplan.
  3. Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar a través de su Sitio Web.

Solución de conflictos

En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia. Personería La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta de escritura pública de fecha 3 de junio de 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente.
Extensión Tremendo Arriendo 2025

Extensión Tremendo Arriendo 2025

Extensión bases promoción "Tremendo Arriendo 2025"

En Santiago de Chile, a 15 de septiembre de 2025, Assetplan Asesores SpA, rol único tributario número 76.147.318-2, representada por don Alfredo Alcaíno Lamarca, cédula de identidad número 13.882.817-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Presidente Juan Antonio Ríos 14, piso 5, comuna y ciudad de Santiago, (en adelante indistintamente "Assetplan"), establecen la siguiente modificación y extensión de las Bases que regulan la promoción denominada "TREMENDO ARRIENDO 2025".

Antecedentes

Assetplan se encuentra realizando una promoción denominada "Tremendo Arriendo 2025", (en adelante la "Promoción") cuyas bases se encuentran disponibles en la página web de Assetplan www.assetplan.cl y en la notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica protocolizadas con fecha 30 de julio de 2025, repertorio N°8.738 (en adelante las "Bases").

Extensión promoción

Por el presente instrumento, en virtud de la sección 6.3.- de la cláusula sexta de las Bases, se extiende el plazo de la Promoción hasta el día 30 de septiembre de 2025, incluido. En consecuencia, se renuevan en todas sus partes cada una de las condiciones, términos y clausulas contenidas en las Bases.

Integridad de la promoción

En todo lo no modificado expresamente en el presente adendum, siguen vigentes las mismas condiciones y requisitos de las Bases, de las cuales el presente instrumento se entiende formar parte integrante para todos los efectos legales. La presente extensión de la Promoción estará disponible en el sitio web de Assetplan, www.assetplan.cl.

Personería

La personería de don Alfredo Alcaíno Lamarca para actuar en representación de Assetplan Asesores SpA consta de escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Magdalena Sofía Latorre Larraín.