Base programa de referidos arrendatarios Assetplan
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Organizador del programa.
En Santiago de Chile, a 28 de agosto de 2025, Assetplan Asesores SpA, Rol Único Tributario número 76.147.318-2, representada por don José Ignacio Torretti Schmidt, cédula de identidad número 14.119.304-k, ambos domiciliados para estos efectos en calle Enrique Foster Sur 20, oficina 401, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante indistintamente “Assetplan”), establece las siguientes bases (las “Bases”) que regulan los términos y condiciones del Programa de Referidos Arrendatarios, en adelante, el “Programa”.
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Contenido del programa.
Se trata de invitar a tus amigos que estén en búsqueda de arrendar un departamento para que conozcan las propiedades disponibles para arriendo actualmente administradas por Assetplan y a la vez accedes a una recompensa por cada amigo tuyo que arriende alguna de las propiedades administradas por Assetplan.
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Requisitos para participar.
3.1 Podrá participar toda aquella persona natural que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
- Ser persona natural mayor de edad;
- Ser legalmente capaz;
- Tener activa una cuenta corriente, vista o prepago a su nombre para recibir el depósito de la recompensa;
- No tener deudas por concepto de renta de arrendamiento/subarrendamiento, gastos comunes y/o servicios básicos;
- Aceptar expresamente los presentes términos y condiciones
3.2 Se deberá referir al tercero únicamente por el código “Referidos” que se enviará a tu correo electrónico registrado en nuestra base de datos. Dicho código es único y personal, no podrá ser transferido a terceros. Por tanto, sólo podrá optar a la recompensa quien figure como Arrendatario o Subarrendatario Titular en el respectivo contrato de arrendamiento o subarrendamiento suscrito. Aquellos que refieran a terceros por un medio distinto al “Código Referidos” no tendrán derecho alguno a adquirir la Recompensa detallada más adelante.
3.3 Los participantes deberán actuar siempre de buena fe, de manera tal de no obrar en contra del espíritu del Programa, quedando excluidos del mismo y/o siendo revocada la Recompensa o el Premio adjudicado, en mérito de la sola presunción fundada de contravención de dicha obligación.
3.4 En consideración a lo anterior, solamente podrán participar en el Programa quienes cumplan con los requisitos descritos anteriormente durante toda la vigencia del Programa. Por el hecho de participar en el presente Programa, se entenderá que los participantes han adquirido cabal conocimiento de las presentes Bases, aceptándose en su integridad. Corresponderá exclusivamente a Assetplan calificar y resolver si los participantes cumplen o no con los requisitos antes enumerados para participar en el Programa.
3.5 La decisión de participar en el Programa es totalmente voluntaria.
3.6 Las presentes Bases del Programa quedarán a disposición del público a través del Sitio Web de Assetplan www.assetplan.cl para conocimiento público de quienes se interesen en conocerlas, para saber si cumplen o no con los requisitos de participación del presente Programa. Además, quedarán a disposición del público en poder del Notario Público don Cosme Gomila Gatica, ubicada en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
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Terceros referidos.
4.1 Se puede referir a cualquier tercero, sin limitación de número, siempre y cuando éstos no hayan arrendado/subarrendado previamente ninguna de las propiedades administradas por Assetplan.
4.2 Assetplan se reserva el derecho de aceptar o rechazar lo(s) tercero(s) referidos para arrendar/subarrendar la(s) propiedad(es) administrada(s) por éste, si es que éstos no cumplen con los requisitos comerciales de postulación previamente publicados.
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Premio para el arrendatario que refiere al tercero
5.1 $50.000. (cincuenta mil pesos chilenos) (la “Recompensa”) por tercero referido.
5.2 La Recompensa se entregará al arrendatario referidor, siempre y cuando:
- El tercero referido haya sido invitado arrendar/subarrendar propiedades administradas por Assetplan usando el Código Referidos;
- El tercero referido suscriba un contrato de arrendamiento o subarrendamiento sobre alguna de las propiedades administradas por Assetplan alguno de los planes de corretaje y administración publicados en el Sitio Web de Assetplan
- Hayan transcurrido 30 días corridos desde la fecha de suscripción del respectivo contrato de arrendamiento/subarrendamiento.
5.3 En caso de que el monto de la Recompensa presente variaciones, se informará vía correo electrónico indicado antes de realizar el pago. Sin perjuicio de lo anterior, se pagará el monto de la Recompensa vigente al momento de cumplirse las condiciones estipuladas en la presente sección para que se devengue el pago, aun cuando a la fecha de pago fuere posterior a la fecha de variación del monto de la Recompensa.
5.4 La Recompensa se pagará el día viernes hábil de la semana siguiente a la semana en que el arrendatario referidor haya enviado los datos de la cuenta corriente solicitados por Assetplan vía correo electrónico. Para que el pago sea efectuado en dicha fecha, los datos deberán ser enviados a más tardar el día jueves de la semana anterior antes de las 12:00 pm. El atraso en el pago de la Recompensa como consecuencia del atraso en el envío de los datos, no acarreará responsabilidad alguna para Assetplan.
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Premio para el tercero referido.
Un descuento correspondiente a 50.000.- pesos chilenos de la comisión de corretaje a cobrar por Assetplan por dicho arrendamiento/subarrendamiento.(“El "Premio”). Se deja constancia que dicho descuento no aplicará para los siguientes arrendamientos o subarrendamientos que el tercero celebre sobre alguna de las propiedades administradas por Assetplan y no será acumulable con otros descuentos aplicables a la comisión de corretaje.
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Duración del programa.
7.1 El Programa comenzará a regir a partir del día 1 de octubre de 2025 hasta el día 31 de diciembre del 2025 inclusive.
7.2 Todo participante que a la fecha de notificación del término del Programa haya referido un tercero, cumpliendo los términos y condiciones estipulados en las presentes Bases podrá cobrar su Recompensa de conformidad a lo estipulado en la cláusula quinta del presente instrumento.
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Otros.
8.1 Cualquier situación no contemplada en estas Bases será definida por Assetplan.
8.2 La Recompensa y el Premio no son transferibles a terceros distintos del Arrendatario/Subarrendatario Titular del respectivo contrato que participa en el Programa y el tercero referido por el primero.
8.3 Assetplan se reserva el derecho a modificar las presentes Bases, sin que esta modificación implique alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar a través de su Sitio Web.
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Solución de conflictos.
En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia de la comuna de Santiago.
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Personería.
La personería de don José Ignacio Torretti Schmidt para actuar en representación de la sociedad Assetplan Asesores SpA consta en escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, otorgada en la notaría de Santiago de doña Magdalena Sofia Latorre Larrain.